Inicia tu Divorcio! Estudio Jurídico Especialista

 

Causales de Divorcios

A la hora de considerar el DIVORCIO  como una opción, la mayoría de nosotros  consideramos que será muy  difícil su tránsito, tanto desde lo emocional  como  desde lo operativo. En cuanto a las dudas que tenemos en relación a los procedimientos, las respuestas son siempre o casi  siempre muy  simples, cuanto dura, cuanto cuesta, ventajas, desventajas , pero aquellas preguntas sobre lo atiente a las emociones, no tendrán muy fácil respuesta, en lo inmediato, y se irán develando con el transcurso más o menos conflictivo del proceso

El DIVORCIO siempre es asociado a un definitivo fracaso y por lo tanto frecuentemente se pospone la decisión de abordarlo aunque, frecuentemente la idea  se instala en nuestra mente y desde allí martilla hasta que nos coloca en la ùltima alternativa y desde allì nos ponemos en acciòn.

La desinformación y los preconceptos éticos-sociales nos inmovilizan pero debo decir que para llegar a un DIVORCIO casi inocuo ( por no dañino) el único camino es el asesoramiento de un Abogado Profesional  responsable ,ecuánime y coherente que encuadre y armonice las necesidades de aquellos que por sus vivencias solo pueden acudir a la consulta con una profunda confusión y que a través de la oportuna contención emocional pueden encontrar claridad y tomar al DIVORCIO como una salida adulta y racional.

Además de  ser eficaz en términos de definición el DIVORCIO implica muchas veces la legitimación de situaciones de hecho que al descomprimirse cobran mayor entidad.

Cuando pensamos en iniciar nuestro Divorcio generalmente a esa idea le preceden una serie de motivos “ causales “ que varían en grado de intensidad si se me permite el término . Sabemos que las cosas no andan bien, hay una ruptura en la comunicación y ya hay predisposición a alejarse y empezar nuevamente. Y es entonces cuando empieza la preocupación de presentarnos a la justicia con fundamentos, queremos conocer como califica el sistema legal aquello que nos viene ocurriendo en nuestra vida cotidiana.  Y es entonces que acudimos a una Abogado para que nos diga en cual “causal “encuadraría nuestra situación matrimonial. Puede parecernos que las causales legales quedan chicas frente a lo que posiblemente estamos viviendo, pero es lo que hay y hay que utilizarlas , y no solo basarnos en ellas  sino  que debemos PROBARLAS muy bien probadas para lograr que el Juez se convenza de que nuestra inocencia es tal. ( lo que no está en el expediente… no existe) Alego y pruebo. Lógica pura, aunque muchas veces  aplastante.

La causal que más nos angustia es el adulterio o  Infidelidad del otro , y aunque es la más grave resulta de muy difícil prueba . El juez pide fehaciencia. 

Causales “sujetivas” ( porque interviene el concepto de culpa)

Art 202 Código Civil

Inc. 1.Adulterio
Esta causal está absorbida actualmente por la de Injurias Graves, las que deberán probarse fehacientemente

Inc. 2. tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de los hijos, sean o no comunes ya como autor principal, cómplice o instigador

3 Inc.. Instigación de uno de los cónyuges al otro a cometer delitos.
Los incisos . 2 y 3 No necesitan mayores explicaciones, pues detallan cada una de las situaciones.

4. Injurias graves. Para su apreciación, el juez tomará en consideración la educación, posición social y demás circunstancias de hecho que puedan presentarse
En este caso la gama de injurias es amplia y habrá que determinar cual es la falta puntual para analizar su entidad y encuadrarla como injuria:  como por ejemplo, la violencia psíquica, física y moral sobre nuestra esencia humana, autoestima y valoración personal.

Inc. 5. Abandono voluntario y malicioso 
Para comprender mejor este inciso es mejor ejemplificarlo y determinar si el abandono es malicioso y voluntario o no lo es.

CASO 1

Juana vino a la consulta y comentó que su esposo Ricardo  había viajado a Misiones para un trabajo pero que ella no estaba de acuerdo pues quedaba aquí, en Buenos Aires , sola con sus dos hijitos y tenía que hacerse cargo de la casa del colegio y el cuidado de los niños, mientras su esposo Ricardo estaba tranquilo allá trabajado , En cuanto a lo económico no tenía quejas pues Ricardo mandaba el dinero puntualmente. Juana me manifiesta su idea de iniciar divorcio por Abandono del hogar.

Mi respuesta fue en el sentido de hacerle ver que la conducta de Ricardo no encuadraba en la causal prevista en el Código Civil como Abandono malicioso y voluntario. Pues si bien fue voluntariamente que Ricardo viajó a Misiones, de ninguna manera fue en forma maliciosa, sino que lo hizo por la necesidad de trabajar para mantener el bienestar de la familia.  Ahora bien, Juana necesitaba una solución a esa realidad y creyó seguramente que las mejor salida era plantear un divorcio. En cuanto analizamos la situación y estuvo más predispuesta a pensar en alguna otra alternativa, le sugerí que pensara en la posibilidad de trasladarse con sus hijos al lugar de residencia de Ricardo y rearmar en ese lugar la sede del hogar para afianzar no solo la relación matrimonial sino facilitar el vínculo padre/hijos que de esa manera se iba a diluir hasta casi desaparecer por la falta de cotidianeidad, afectando al desarrollo psicoemocional de los menores.

CASO 2

Elena acude al consultorio y relata que su esposo Raúl se ha alejado del hogar y que según ha podido averiguar se ha alojado en casa de una señorita compañera de su trabajo en una Empresa de Telefonía. Tiene conocimiento del domicilio actual de su esposo y está En este caso planteado, vemos que realmente escuadraría en la causal de abandono voluntaria y maliciosa, pues no hay un fundamento justificante de tal alejamiento. está dispuesta  a recibirlo nuevamente en su hogar.

Le indiqué  a Elena que enviara una carta documento intimando a su esposo a reanudar la convivencia que establece como obligatoria  el Código Civil art. 199 bajo apercibimiento de iniciar acción de Divorcio por la causal de abandono malicioso y voluntario y de no producirse el regreso intimado podrá iniciar acción judicial. 

Causales sin atribución de culpa

Estas causales llamadas “objetivas”, porque no interviene la culpa sino el acuerdo  han venido a dar solución  a muchos descontroles jurídicos que se producían en los estrados, pues los solicitantes recurrían al oprobio y la calumnia para satisfacer la “causal” que requería la Ley para otorgar la desvinculación legal

Art 214 y 215 Código Civil

Por supuesto que la Ley también ha previsto causales que no implican “culpar” al otro sino que acepta el argumento de que hay  el acuerdo entre las partes de que no hay voluntad de seguir conviviendo Tiene que haber transcurrido 3 años desde la celebración del matrimonio

CASO 3

Alicia y Jorge llevan más de tres años casados y conviven con sus dos hijos. Se ha instalado entre ellos una crisis relacional que ya lleva varios años y de la cual ninguno parece dispuesto a superar a través de la cesión de espacios y ajuste de diferencias. Por lo tanto acuden al estudio con la idea de proceder a su Divorcio. Están en un acuerdo armonioso y dispuestos a contemplar el interés de sus hijos y crear las condiciones mas ventajosas para que no carezcan de lo necesario y aún más.

Están los requisitos para un Divorcio por causales “objetivas”.  Ninguno atribuye culpa al otro y ambos consienten en solicitar su divorcio. Situación ideal si se me permite, para iniciar un trámite de desvinculación con reves plazos procesales y con honorarios accesibles

falta de voluntad para unirse
tiene que haber transcurrido 3 años de la interrupción de la cohabitación

Ana lleva separada de hecho de su esposo Adolfo más de tres años y decide solicitar su divorcio vincular pues desea volver a casarse.


Le recomendamos que se ponga en contacto con su esposo y le manifieste su deseo de iniciar un divorcio y tratar de acordar una presentación conjunta con los acuerdos sobre división de bienes si los hubiera y así simplificar el proceso.


Ella manifiesta que desconoce el paradero de su esposo, por lo tanto decidimos que habrá que iniciar el proceso, y solicitarle al Juez que ordene diversos oficios para que nos informen si hay algún domicilio registrado de esa persona, y proceder entonces a notificarle la demanda en ese lugar.


Puede ocurrir que se conozca el paradero del no conviviente y se trate de citarlo al estudio para convenir una presentación conjunta. Es lo que recomendamos para tratar de simplificar el camino.


CONCLUSIONES

Siempre tratamos de hacer comprender al cliente , que no debe “trabarse” en qué causal debe apoyar su derecho, sino que debe poner su energía en tratar de allanar el camino con acuerdos, negociaciones, y planteos razonables para simplificar el ya de por sí arduo camino de llegar a un divorcio adulto y con saldo acreedor.


Estudio Jurídico Especialista en Divorcios - Dra. García Quirno
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