El REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS: Herramienta no siempre operativa
El Registro de Deudores Alimentarios se creó para presionar a los padres incumplidores, ya que inhabilita para cualquier operación en el Banco Ciudad, sacar o renovar la licencia de conducir y ejercer cargos municipales. Rige solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La desventaja que vemos a la registración del deudor alimentario es que implica en alguna medida afectar o impedir su desarrollo laboral y eso no es lo que buscamos finalmente.
DENUNCIA PENAL DE INCUMPLIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR Ley 23.479 y según ley 24.029
- Prevé Multa y Reclusión
- El incumplidor alcanzado por la norma no solo será el progenitor, sino que puede ser a saber:
el hijo, con respecto a los padres impedidos;
-el adoptante, con respecto al adoptado menor de dieciocho años, o de mas si estuviere impedido; y el adoptado con respecto al adoptante impedido;
-el tutor, guardador o curador, con respecto al menor de dieciocho años o de mas si estuviere impedido, o al incapaz, que se hallaren bajo su tutela, guarda o curatela;
-el cónyuge, con respecto al otro no separado legalmente por su culpa.
- El que se insolventare para no ser perseguido en sus bienes
- La obligación alcanza al cónyuge y de no cumplirse le será aplicada la normativa penal prevista. ( esto es por la incorporación del inciso 5º al art. 73 del código Penal )
- ANÁLISIS DE LA APLICABILIDAD DE LA NORMA PENAL
Es nuestro pensamiento, que si bien es deseable lograr un resultado positivo de cumplimiento con el deber alimentario, de parte de los progenitores obligados, a través de la aplicación de las sanciones previstas en el Código Penal, el efecto final puede ser y seguramente será muy distinto al buscado, en virtud de producirse la inhibición de la persona recluida, para desarrollar un trabajo productivo que permita revertir la situación de inasistencia familiar que se padece. Si se piensa en la aplicación de la Ley penal como un castigo aleccionador, este objetivo estará plenamente cumplido…. pero si lo que se quiere realmente es lograr el aporte alimentario, la reclusión del alimentante nos alejará del objetivo. Es nuestro pensamiento, y estamos abiertos a un debate al respecto, para encontrar en el mismo el punto medio alcanzar lo posible partiendo de lo real.
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